Resumen
En 2008, la Sala Tercera del Tribunal Constitucional decidió suspender la licencia ambiental de PETROBRAS para un proyecto de explotación petrolera en el Parque Nacional Yasuní, basándose en el principio de precaución. El Tribunal aborda dos tipos de argumentos: la falta de estudios que aclaren que no habrá daños ambientales en la construcción del Centro de Instalaciones Petroleras y la falta de consulta a las comunidades cercanas al ecosistema, entre las que se encuentran las comunidades huaorani de Kawimeno y los kichwas de Chiru Isla. Samona Yuturi y Eden reconocen que «se trata de comunidades ancestrales cuya vinculación con las tierras en las que se planean realizar actividades extractivas es el eje rector de sus vidas, porque viven su cotidianidad en esas tierras, de las que se alimentan» (Página 5).