Resumen
A través de la Sociedad de Científicos de Humedales (SWS) y de la Iniciativa Cambio Climático y Humedales de la SWS, un grupo de científicos de humedales, un científico del clima y abogados se reunieron para elaborar la propuesta de Declaración Universal de los Derechos de los Humedales y formar la Iniciativa de los Derechos de los Humedales. La Declaración «reconoce los derechos y la personalidad jurídica y viviente de todos los humedales» y «declara que todos los humedales son entidades titulares de derechos inherentes y perdurables, que se derivan de su existencia como miembros de la comunidad de la Tierra y deben poseer capacidad jurídica ante los tribunales de justicia».
Estos derechos inherentes incluyen: el derecho a existir; el derecho a su ubicación ecológicamente determinada en el paisaje; el derecho a regímenes hidrológicos naturales, conectados y sostenibles; el derecho a condiciones climáticas ecológicamente sostenibles; el derecho a tener una biodiversidad natural, libre de especies introducidas o invasoras que perturben su integridad ecológica; el derecho a la integridad de la estructura, la función, los procesos evolutivos y la capacidad de cumplir papeles ecológicos naturales en los procesos de la Tierra; el derecho a la regeneración y la restauración; el derecho a estar libre de contaminación y degradación.
La Declaración también reconoce que «los humedales tienen importancia para las inspiraciones espirituales o sagradas y los sistemas de creencias de muchas personas en todo el mundo, pero especialmente para los pueblos indígenas y las comunidades locales que viven en estrecha relación con los humedales, y que los humedales ofrecen oportunidades para aprender de la Naturaleza y sobre ella, lo que apoya la comprensión y la innovación científicas, la expresión cultural y la creatividad artística».
Los humedales son un componente clave de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Las Naciones Unidas señalan que incorporar los Derechos de los Humedales a través de instrumentos jurídicos, marcos de gobernanza y gestión comunitaria es una vía para proteger, restaurar y hacer sostenibles los ecosistemas de humedales que son vitales para la biodiversidad, la mitigación del cambio climático y la adaptación al mismo, la seguridad alimentaria, los recursos de agua dulce, la mitigación de la pobreza, el bienestar humano y la resiliencia económica». La consecución de estos objetivos requerirá enfoques de conservación, restauración y desarrollo sostenible que se alejen de los marcos económicos orientados al consumo.
ODS 6: agua limpia y saneamiento. Casi todo el agua dulce que se consume en el mundo procede directa o indirectamente de los humedales.
ODS 13: clima. Los humedales desempeñan un papel crucial en la mitigación del cambio climático, la adaptación al mismo y la resiliencia, ya que retienen carbono, protegen de las tormentas, reducen la sequía y protegen de las inundaciones.
ODS 15: la vida en la tierra. Los humedales sustentan el 40% de la biodiversidad mundial. Los derechos de los humedales son un enfoque para abordar lo que la IPBES categoriza como impulsores indirectos de la pérdida y degradación de los ecosistemas, y alcanzar los objetivos y metas (concretamente los que hacen referencia a las aguas continentales) del Marco Global de Biodiversidad.
ODS 12: producción y consumo sostenibles. Integrar los derechos de los humedales en la planificación del consumo y la producción puede conducir a un cambio de comportamiento y de los sistemas que ayude a conseguir un uso y una protección sostenibles de los recursos hídricos.
En los últimos 50 años se ha perdido el 35% de los humedales del mundo, y se siguen perdiendo a un ritmo más rápido que los bosques. La pérdida y degradación de los humedales tiene una reacción en cadena, ya que provoca la pérdida de biodiversidad, estresa el suministro de alimentos y agua, y agrava el impacto de las inundaciones, las sequías y los incendios forestales.
Las siguientes personas de todo el mundo se reunieron para elaborar la Declaración Universal de los Derechos de los Humedales y formar la Iniciativa SWS sobre los Derechos de los Humedales: G. T. Davies; C. M. Finlayson; D. E. Pritchard; N. C. Davidson; R. C. Gardner; W. R. Moomaw; E. Okuno; S. Fennessy; M. Simpson; J. C. Whitacre. SWS se está dirigiendo al público, a las ONG y a las organizaciones gubernamentales para que respalden este planteamiento, y agradece opiniones y comentarios. Puede firmar la Declaración o respaldarla como organización a través de su sitio web.
Involved Organizations
Cita sugerida:
Kauffman, Craig, Shrishtee Bajpai, Kelsey Leonard, Elizabeth Macpherson, Pamela Martin, Alessandro Pelizzon, Alex Putzer y Linda Sheehan. Eco Jurisprudence Tracker. V1. 2022. Distribuido por el Eco Jurisprudence Monitor. https://ecojurisprudence.org/es/iniciativas/declaracion-universal-de-los-derechos-de-los-humedales/.
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