Resumen
El 9 de septiembre de 2024, los estados insulares del Pacífico Vanuatu, Fiyi y Samoa presentaron formalmente una propuesta de enmienda al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI) para incluir un delito de «ecocidio» que penalice la destrucción masiva de la naturaleza. Este avance marca el inicio de la consideración formal del ecocidio como delito internacional por parte de los Estados miembros de la CPI. Actualmente, el tribunal tiene jurisdicción sobre cuatro delitos: genocidio, crímenes contra la humanidad, crímenes de guerra y crimen de agresión. Si prospera, la enmienda sobre el ecocidio responsabilizaría jurídicamente a los responsables de los crímenes más graves contra el medio ambiente y se convertiría en el quinto crimen internacional. Tal como proponen Vanuatu, Fiyi y Samoa, el «ecocidio» se define como «actos ilícitos o gratuitos cometidos a sabiendas de que existe una probabilidad sustancial de que esos actos causen daños graves y generalizados o a largo plazo al medio ambiente». Esta definición surgió en 2021 de un Panel de Expertos Independientes convocado por la Fundación Stop Ecocidio, y ha ganado una importante tracción jurídica y política. Algunos ejemplos podrían ser los vertidos masivos de petróleo o productos químicos, la tala de bosques tropicales primarios o la destrucción de sistemas fluviales enteros. Este acontecimiento representa un gran paso adelante en el esfuerzo mundial por consagrar la destrucción masiva del medio ambiente como delito de derecho internacional. Vanuatu fue la primera nación que pidió el reconocimiento internacional del ecocidio en la Corte Penal Internacional en 2019. «Estamos adoptando medidas audaces y necesarias para abordar estos retos y animamos a otros Estados vulnerables a que tomen nota de nuestra propuesta recién presentada para llevar el ecocidio ante la CPI. Vanuatu considera imperativo que la comunidad internacional se tome en serio esta conversación, e invitamos cordialmente a todos los Estados miembros a participar en ella. El reconocimiento jurídico de los daños medioambientales graves y generalizados encierra un potencial significativo para garantizar la justicia y, lo que es crucial, para disuadir de una mayor destrucción.» – Ralph Regenvanu, Enviado Especial para el Cambio Climático y el Medio Ambiente de la República de Vanuatu