Resumen
En diciembre de 2013, el Proyecto de Derechos No Humanos presentó dos peticiones de habeas corpus en nombre de los chimpancés Tommy y Kiko, solicitando al tribunal que los declarara personas jurídicas con derechos. Los chimpancés adultos, según la petición de hábeas corpus, han sido confinados por sus propietarios en pequeñas jaulas en un almacén y en un escaparate de cemento en una zona residencial abarrotada. El caso llegó al Tribunal Supremo de Nueva York, donde el Proyecto de Derechos No Humanos argumentó que los chimpancés Tommy y Kiko deben tener personalidad jurídica y tienen derecho a protección debido a su intelecto y capacidades.
Los tribunales inferiores determinaron que el habeas corpus no está disponible para los chimpancés, citando las definiciones del diccionario y la jurisprudencia estadounidense, que especifica los derechos y deberes correlativos que conlleva la condición de persona jurídica. Aunque la ley de hábeas corpus no define «persona», el Black’s Law Dictionary define el término «persona» como «[un] ser humano» o, en lo que aquí interesa, «[una] entidad (como una corporación) a la que la ley reconoce los derechos y deberes [de] un ser humano» (énfasis añadido). Las asociaciones de seres humanos, como las corporaciones y las entidades municipales, pueden considerarse personas jurídicas, porque también tienen deberes legales a cambio de sus derechos legales.
El Tribunal de Apelación razonó entonces que los chimpancés no son personas porque «[A] diferencia de los seres humanos, los chimpancés no pueden tener ningún deber legal, someterse a responsabilidades sociales ni responder legalmente de sus actos. En nuestra opinión, es esta incapacidad de asumir responsabilidades jurídicas y deberes sociales lo que hace inadecuado conferir a los chimpancés los derechos jurídicos -como el derecho fundamental a la libertad protegido por el mandamiento de habeas corpus- que se han concedido a los seres humanos» (id. en 152). No existen precedentes, ni en la legislación de Nueva York ni en el derecho consuetudinario inglés, de que un chimpancé pueda ser considerado una «persona» y tenga derecho a una medida de hábeas corpus. De hecho, nunca se ha considerado aplicable el recurso de habeas corpus a ningún animal en EEUU.
El peticionario y los profesores de derecho Laurence H. Tribe, Justin Marceau y Samuel Wiseman cuestionaron esta suposición, argumentando que, aunque los animales no humanos no puedan asumir deberes, lo mismo ocurre con los bebés humanos o los adultos humanos incapacitados, y sin embargo nadie consideraría improcedente solicitar una orden de habeas corpus en nombre de su hijo pequeño o de un padre que sufra demencia. «La capacidad de reconocer un deber jurídico o una responsabilidad legal no debe ser determinante para tener derecho a una medida de hábeas corpus, ya que, por ejemplo, los bebés no pueden comprender que tienen deberes o responsabilidades y una persona en coma carece de sensibilidad, pero ambos tienen derechos legales».
Sin embargo, el esfuerzo de los peticionarios fue denegado y rechazado repetidamente porque sus características similares a las de una persona no los convertían en «personas» y las peticiones eran procedimientos de habeas corpus sucesivos que no estaban justificados ni apoyados por ningún cambio de circunstancias, dijo el tribunal. El Tribunal Supremo de Nueva York se negó a revocar la sentencia del tribunal inferior que se negó a ampliar la exención de hábeas corpus a los chimpancés Tommy y Kiko.
La denegación del procedimiento de hábeas corpus no es una decisión sobre el fondo de las pretensiones del peticionario. En última instancia, habrá que abordar la siguiente cuestión: ¿puede un animal no humano tener derecho a ser liberado de su confinamiento mediante el recurso de hábeas corpus? ¿Debe tratarse a ese ser como una persona, o como una propiedad o, en esencia, como una cosa?
Involved Organizations
Related Initiatives
Cita sugerida:
Kauffman, Craig, Shrishtee Bajpai, Kelsey Leonard, Elizabeth Macpherson, Pamela Martin, Alessandro Pelizzon, Alex Putzer y Linda Sheehan. Eco Jurisprudence Tracker. V1. 2022. Distribuido por el Eco Jurisprudence Monitor. https://ecojurisprudence.org/es/iniciativas/nonhuman-rights-project-v-lavery/.
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