Resumen
En 2019, El Ministerio de Medio Ambiente incautó un mono chorongo llamado Estrellita mediante una orden de retirada de una familia. La familia de Ambato tomó un mono como mascota cuando era un bebé y lo crió como un miembro más de la familia. Pasaron muchos años y el mono se había humanizado mucho porque nunca había crecido en un entorno salvaje. Alguien se enteró del mono y denunció a las autoridades que una familia tenía un animal salvaje de forma ilegal. Las autoridades confiscaron el animal y lo pusieron en el zoológico, como exige la ley. El mono murió antes de la audiencia. La familia demandó entonces, invocando el habeas corpus, que es lo mismo que si una persona muere mientras está bajo custodia del Estado. La familia perdió en la primera y segunda instancia porque los tribunales dijeron que el habeas corpus sólo se aplica a los seres humanos. Los tribunales también declararon que no hay caso porque Estrellita murió. Pero el Tribunal Constitucional seleccionó el caso para establecer una jurisprudencia vinculante sobre cómo y si los derechos de la naturaleza se aplican a los animales, porque los derechos de la naturaleza sólo se han aplicado a especies de animales. En enero de 2022, el Tribunal Constitucional dictaminó que las disposiciones constitucionales sobre derechos de la naturaleza de Ecuador se aplican a los animales individuales y, por tanto, que la muerte de Estrellita constituye una violación de los derechos de la naturaleza. El tribunal ordenó al Ministerio de Medio Ambiente de Ecuador que creara un protocolo o reglamento que guiara al Ministerio para la protección de los animales salvajes, principalmente los que fueran objeto de confiscación o retención, y que tomara las medidas de protección adecuadas para los animales individuales y sus especies.