Resumen
En el año 2021, Johann Alexander Vargas Bedoya interpuso una acción de tutela contra la Alcaldía de Neiva y la Corporación Autonomía Regional del Alto Magdalena Cam por la presunta vulneración de su derecho fundamental al agua, a la salud, a la vida digna y al medio ambiente sano al no contratar los estudios de priorización de las cuencas hidrográficas con fines de ordenación con la firma CODESIA para el río Fortalecillas. Bedoya argumentó que el río Fortalecillas está protegido como afluente hídrico del río Magdalena porque el río Magdalena, su cuenca y sus afluentes están reconocidos como una entidad sujeta a derechos de protección, conservación, mantenimiento y restauración por parte del Estado. El Juzgado Primero Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Neiva en Colombia reconoció al río Fortalecillas como una entidad «sujeta a derechos de protección, conservación, mantenimiento y restauración a cargo del Estado y de la comunidad, como se fundamentó en la parte afectiva». El tribunal también reconoció que las generaciones futuras están sujetas al derecho de protección especial, de acuerdo con lo que se considera la parte emocional.