Resumen
En 2019, a petición de la Presidencia de la República de Ecuador, la Corte Constitucional de Ecuador estableció que el Acuerdo de Ezcasu no requiere de la aprobación del legislativo, ya que es coherente con las protecciones a la naturaleza establecidas en la Constitución, como los derechos de las comunidades y pueblos indígenas, la consulta previa, el derecho a un ambiente sano y los derechos de la naturaleza. El Acuerdo de Ezcasu tiene como objetivo garantizar la aplicación plena y efectiva en América Latina y el Caribe de los derechos de acceso a la información, la participación pública en los procesos de toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente, así como la creación y el fortalecimiento de capacidades para la protección del derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible.